Los agricultores que deban cumplimentar un cuaderno de explotación, podrán elegir si prefieren que éste sea mediante la utilización de medios electrónicos o en soporte de papel según el Real Decreto 34/2025 publicado en el BOE del 22 de enero de 2025.

Con la salvedad que a partir del 1 de enero de 2026 es obligatorio exclusivamente para consignar la información de los tratamientos fitosanitarios, en cumplimiento del Reglamento de Ejecución (EU) 2023/564. Manteniéndose voluntario para el resto de la información hasta el próximo periodo de programación del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (PAC), a partir de 2027.
La entrada en vigor de la voluntariedad del uso del cuaderno digital se hace de manera retroactiva a 1 de julio de 2023, para evitar algún tipo de perjuicio a los agricultores que pudiera derivarse del retraso de la publicación de la norma.
El Real Decreto 34/2025, también introduce otros cambios en la gestión del Cuaderno de Explotación Agrícola (CUE) y en las normativas relacionadas con el uso sostenible de productos fitosanitarios que se pueden consultar en el BOE o en la web de la Junta de Andalucía.
Para cualquier aclaración podéis poneros en contacto con la sede del Colegio de Ingenieros Agrícolas.