Este convenio permite que cualquier colegiado pueda actuar como colaborador social de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.
Por tanto cualquier colegiado que se adhiera a este servicio puede gestionar las obligaciones tributarias de sus clientes a través de internet sin desplazamientos y de forma inmediata. En concreto, los trámites disponibles dentro del marco de la colaboración social son los siguientes:
- Autoliquidaciones y declaraciones:
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (modelos 650, 660 y 651).
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados (modelos 600 y 621).
- Impuesto sobre Bolsas de Plástico de Un Solo Uso en Andalucía (modelos 751 y 752).
- Solicitudes:
- Aplazamiento/fraccionamiento (modelos 270 y 271).
- Devolución de ingresos indebidos (modelo 255).
- Rectificación de autoliquidación (modelo 264).
- Prórroga del plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones (modelo 659).
- Orden de domiciliación del pago de aplazamiento y fraccionamiento (modelo DOM).
- Actos de trámite:
- Contestación a requerimientos (modelo 264).
- Presentación de alegaciones (modelo 264).
- Aportación de documentación (modelo 264).
Los colegiados interesados deben ponerse en contacto con el Colegio para informarse de la documentación de adhesión que deben formalizar.
CONVENIO DE COLABORACIÓN Y WEB DE LA JUNTA SOBRE LOS SERVICIOS