Este convenio permite que cualquier colegiado pueda actuar como colaborador social de la Agencia Tributaria de Andalucía, para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

Por tanto cualquier colegiado que se adhiera a este servicio puede gestionar las obligaciones tributarias de sus clientes a través de internet sin desplazamientos y de forma inmediata. En concreto, los trámites disponibles dentro del marco de la colaboración social son los siguientes:

  • Autoliquidaciones y declaraciones:
    • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (modelos 650, 660 y 651).
    • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas y Actos Jurídicos Documentados (modelos 600 y 621).
    • Impuesto sobre Bolsas de Plástico de Un Solo Uso en Andalucía (modelos 751 y 752).
  • Solicitudes:
    • Aplazamiento/fraccionamiento (modelos 270 y 271).
    • Devolución de ingresos indebidos (modelo 255).
    • Rectificación de autoliquidación (modelo 264).
    • Prórroga del plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones (modelo 659).
    • Orden de domiciliación del pago de aplazamiento y fraccionamiento (modelo DOM).
  • Actos de trámite:
    • Contestación a requerimientos (modelo 264).
    • Presentación de alegaciones (modelo 264).
    • Aportación de documentación (modelo 264).

Los colegiados interesados deben ponerse en contacto con el Colegio para informarse de la documentación de adhesión que deben formalizar.

CONVENIO DE COLABORACIÓN Y WEB DE LA JUNTA SOBRE LOS SERVICIOS